La SUNARP

1. ¿Qué es la SUNARP?

La SUNARP es un organismo descentralizado autónomo de Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, y tiene entre sus principales funciones y atribuciones el de dictar las políticas y normas técnico - registrales de los registros públicos que integran el Sistema Nacional, planificar y organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de actos y contratos en los Registros que conforman el Sistema.
2. ¿Cuál es la base legal de la SUNARP?
Mediante Ley26366, se crea el Sistema de Nacional de Registros Públicos, y la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP, y por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS, se aprueba el Estatuto de la SUNARP.

3. ¿ Se pueden inscribir títulos en la Sede Central de la SUNARP?
No, las inscripciones se realizan en las 58 Oficinas Registrales, por ser de su competencia.
4. ¿Cuál es la diferencia entre SUNARP, Zonas Registrales y Oficinas Registrales?
LA SUNARP es el ente rector del Sistema Nacional de Registros Públicos, las Zonas Registrales son los órganos desconcentrados de la SUNARP que gozan de autonomía registral y económica dentro de los limites del estatuto y la ley, en ellas se encuentran las Oficinas Registrales que son las encargadas de prestar los servicios de inscripción y publicidad registral de los diversos actos y contratos inscribibles.
5. ¿Qué registros conforman el Sistema Nacional de los Registros Públicos?
REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE.-
Registro de Predios (*): que unifica el Registro de Propiedad Inmueble, Registro Predial Urbano y la Sección Especial de Predios Rurales. En este Registro se inscriben las Transferencias de Propiedad, Declaratorias de Fábrica, Urbanizaciones, Hipotecas, Primeras de Dominio, Embargos y Demandas referidas a Predios Urbanos y Rurales. En virtud a la unificación también se inscribe el derecho de propiedad y otros derechos o actos relativos a predios de pueblos jóvenes, urbanizaciones populares, entre otros; así como la inscripción del derecho de posesión de predios rurales, entre otros.
Registro de Derechos Mineros: Se inscriben las concesiones, transferencias, fraccionamientos, acumulaciones, entre otros.
Registro de Concesiones para la explotación de servicios públicos: Se inscriben las concesiones, hipotecas, entre otros actos.
(*) Ley 27755: Ley que crea el Registro de Predios a cargo de la SUNARP.
REGISTRO DE BIENES MUEBLES.-
Registro de Propiedad Vehicular.- Se inscribe la inmatriculacion del vehículo, transferencias de propiedad, anotaciones o cancelaciones de embargos, cambios de características y otros actos relativos a vehículos automotores.
Registro de Buques: Se inscriben los buques, sus transferencias y cargas, etc.
Registro de Embarcaciones Pesqueras: En este Registro se inscriben las embarcaciones de pesca, sus transferencias y cargas, entre otros.
Registro de Naves y Aeronaves: Se inscriben las aeronaves, transferencias de dominio, contratos de arrendamiento, hipotecas, etc.
Registro Mobiliarios de Contratos.- Se inscriben todos los actos a los que se refiere el artículo 32º de la Ley de Garantía Mobiliaria, que recaigan sobre bienes muebles no registrados en un Registro Jurídico de Bienes. (*)
(*) Ley Nro. 28677, Ley de la Garantía Mobiliaria, en su quinta disposición final, modifica los incisos c) y d) del artículo 2º de la Ley 26366, que crea el Sistema Nacional y la Superintendencia de los Registros Públicos.

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS.-
Registro de Personas Jurídicas: En el que se inscriben las asociaciones, fundaciones, cooperativas, comunidades campesinas y nativas, entre otras, y los actos relacionados a ellos.
Hidrocarburos: En este Registro se inscriben entre otros actos los contratos de contratistas y subcontratistas de servicios petroleros, así como los contratos de servicios de explotación.
Registro de Sociedades: Se inscriben sociedades anónimas, sociedades comerciales de responsabilidad limitada, sucursales, entre otros.
Registro de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada: en el cual se inscriben la constitución de estas empresas y nombramiento de gerentes, entre otros.

REGISTRO DE PERSONAS NATURALES.-
Registro de Mandatos y Poderes: Se inscriben los mandatos y poderes otorgados por personas naturales, sus modificaciones, extinciones, entre otros actos.
Registro de Testamentos: Se inscriben los otorgamientos de testamentos, sus modificaciones, ampliaciones, revocaciones y otros actos.
Registro de Sucesiones Intestadas: Se inscriben las anotaciones preventivas de las solicitudes o demandas de sucesiones intestadas, así como las actas notariales y sentencias que declaran la sucesión intestada.
Registro Personal: Se inscriben divorcios, separación de patrimonios y sustitución, declaraciones de insolvencia, entre otros actos.
Registro de Comerciantes: Se inscriben a las personas naturales que se desempeñan como comerciantes.
Registro de Gestión de Intereses: Se inscribe el Gestor Profesional, la prórroga de su inscripción, los actos de gestión, los actos de gestión del Gestor de Interés Propio, entre otros actos.
6. ¿Puedo presentar un título en una oficina registral distinta de la que se pretende inscribir?
Si, se podrán presentar a través de las oficinas receptoras las solicitudes de inscripción o publicidad en sedes distintas a las competentes para otorgarlas; de esta forma se facilita al publico usuario la presentación de las solicitudes en oficina distinta a su domicilio.
7. ¿Qué beneficios se producirán en el sistema registral con la interconexión?
El sistema de interconexión tiene múltiples beneficios, entre ellos, permitirá que la Oficinas Registrales tengan la información registral a nivel nacional, así como brindar la publicidad de esta información desde cualquier parte del país, en una primera etapa.
8. ¿Cuál es la relevancia de la Ley N° 27755 sobre el SUNARP?
Mediante esta Ley, se permite integrar el Registro de Propiedad Inmueble, Registro Predial Urbano y la Sección Especial de Predios Rurales en un solo Registro "Registro de Predios".
9. ¿Cuáles son los beneficios de la integración del Registro de Propiedad Inmueble y el Registro Predial Urbano?
Va a dar solución a la inconveniencia de conservar dos sistemas paralelos de registros que generaban desconcierto y malestar en los agentes económicos y, en especial, del público usuario, originando, entre otros efectos, que algunos usuarios asignaran erradamente un mayor o menor valor a los bienes según esté inscrito en uno u otro registro.
10. ¿ Existe nueva normatividad que organice el Sistema Nacional de los Registros Públicos?
Sí, a fin de actualizar, dinamizar la función registral se han dictado un nuevo Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002-JUS; un Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N° 138-2002-JUS.
Fuente : SUNARP

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