SEGURIDAD. MODIFICAN REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN EN EL  CASO DE BIENES GENÉRICOS 
 Definen aplicación del arancel y la descripción  genérica de estos bienes 
 Regulan además las  inscripciones en el caso de ejecución de garantías
Para fortalecer el sistema de garantías mobiliarias en el país, la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) modificó el reglamento de inscripciones del registro mobiliario de contratos y su vinculación con los registros jurídicos de bienes muebles, mediante la RS Nº 092-2010-Sunarp/SN.
Para fortalecer el sistema de garantías mobiliarias en el país, la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) modificó el reglamento de inscripciones del registro mobiliario de contratos y su vinculación con los registros jurídicos de bienes muebles, mediante la RS Nº 092-2010-Sunarp/SN.
                            La norma, de  esa manera, busca definir con precisión la aplicación del arancel  registral y la descripción genérica del bien otorgado en garantía, así  como la regulación de la anotación de las transferencias de bienes  registrados como consecuencia de la ejecución de la garantía.
Así, se fija la aplicación del arancel de  derechos registrales en función del acto inscribible, independientemente  del número de bienes comprendidos en la garantía o involucrados en las  operaciones, en caso de garantías mobiliarias recaídas sobre categorías  genéricas de bienes o sobre inventarios, explicó el experto en derecho  mobiliario Francisco Avendaño.                            Se precisa  igualmente la descripción genérica del bien, a fin de que se entienda  sin lugar a dudas que cuando se opte por la descripción genérica del  bien otorgado en garantía, es suficiente consignar el tipo del bien. Es  decir, solo bastará realizar una indicación del tipo de bien, y no  describirlos todos como se exigía anteriormente, comentó el  especialista, quien además es socio del Estudio Avendaño, Forsyth &  Arbe.
                          Mientras que como  novedad normativa se incorpora en el reglamento, un título referido a  la regulación de la inscripción de las transferencias como resultado de  la ejecución extrajudicial, su contenido, registro en el cual se  inscribe la transferencia del bien o la cancelación de la garantía,  entre otros aspectos.
Justificación
Los cambios atienden las recomendaciones elaboradas por la comisión multisectorial de expertos, qe plasmó sus conclusiones en el documento denominado “Perú: Diagnóstico y recomendaciones de mejoras para el sistema de garantías mobiliarias”.
Los cambios atienden las recomendaciones elaboradas por la comisión multisectorial de expertos, qe plasmó sus conclusiones en el documento denominado “Perú: Diagnóstico y recomendaciones de mejoras para el sistema de garantías mobiliarias”.
 El reglamento de inscripciones del  registro mobiliario se creó en cumplimiento de la Ley Nº 28677, que  constituyó en                              el país un nuevo sistema de garantías  mobiliarias, fijando                              el marco jurídico necesario 
para la conformación de estas garantías sobre una amplia gama de bienes muebles: específicos o genéricos, presentes o futuros, corporales o incorporales, y para asegurar obligaciones de toda naturaleza.
para la conformación de estas garantías sobre una amplia gama de bienes muebles: específicos o genéricos, presentes o futuros, corporales o incorporales, y para asegurar obligaciones de toda naturaleza.
Fuente: El Peruano
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